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jueves, 5 de mayo de 2016

Decreto de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a las personas mayores en Castilla y León

Hace tiempo que tengo abandonado el blog, no es por falta de ganas y temas para contar sobran. Desde la última vez han ocurrido muchas cosas, grandes y pequeños acontecimientos. Todos los días me acuesto con alguna reflexión que quiero compartir pero a veces el tiempo se nos va y los días pasan. Hoy como en muchos sitios de España hace un “día de perros”, ha comenzado a caer la lluvia como si no hubiera mañana como dice algún dicho popular y mientras contemplo esta lluvia castellana, comienzo a teclear.

Hace dos días la Gerencia de mi provincia nos citó a una reunión junto con otros directores para darnos algunas pinceladas sobre el nuevo decreto de funcionamiento para centros que la Junta de Castilla y León ha publicado el 5 febrero y que entra en vigor el 6 de agosto (DECRETO 2/2016, de 4 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a las personas mayores en Castilla y León)

La reunión fue un tanto descorazonadora. Muchos de los asistentes, esa impresión me dio a mí, no tenían ni idea de lo que era el Modelo de Atención sobre el que se basa la normativa, hubo algún que otro grito y malas maneras por parte de algún director. Acusaban de no haber contado con ellos para la elaboración de la normativa, sinceramente no es justa la acusación. La Junta tuvo mucho tiempo en su página colgado el borrador y la posibilidad de hacer comentarios. Hubo quien protestaba porque le obligaban a quitar plazas, tenía todavía habitaciones con tres y cuatro camas, sí, sí, todavía existen centros con esas características, a mí me sorprendió. Hay pequeñas residencias que se abrieron en los tiempos que no era necesaria ninguna titulación, ni para el director ni para el personal de atención directa, y ahora se encuentran con que las exigencias les obligan a profesionalizar sus centros y en esto también tengo que estar de acuerdo con el decreto. Una cosa es que alguien ejerza como empresario, poniendo los medios económicos para abrir una residencia y otra muy distinta es que pueda dirigirla profesionalmente. Yo he llegado a conocer hace años a alguien que tenía un mesón-restaurante y lo transformó en un centro como podía haber puesto un supermercado, sin ningún tipo de conocimiento profesional y por supuesto lo dirigía.

Me produce cierto sobresalto oír a algunos directores hablar de “los abuelos” y ahora entiendo que algunas personas sigan hablando de las residencias como asilos.

El nuevo decreto tiene muchas bondades y algún que otro gazapo. También contiene algunas imprecisiones sobre todo en el tema de los técnicos que se prestan a errores y que en un corto espacio de tiempo habrá que ir aclarando. Una de las cosas que más llama la atención es la no exigencia de ningún profesional sanitario en concreto. Hay un equipo técnico con una ratio concreta pero cada centro puede elegir lo que le venga bien. Dicho en castellano, en mi centro hay un médico, una enfermera, un fisioterapeuta y una terapeuta ocupacional, pues bien a partir del 6 de agosto podríamos prescindir de alguno de ellos y en otros casos sustituirlos por otros profesionales.

Es cierto que las pequeñas residencias nos hemos quejado de la obligatoriedad del médico, con un determinado número de horas, cuando era muy difícil contratarles. ¡Pero de eso a prescindir! Se nos dice que los sanitarios del Sistema Público de Salud tienen la obligación de atender a nuestros mayores, cierto, pero como maticé yo en esa reunión no van a ir a pasar consulta a las residencias del mismo modo que no pasan consulta en los domicilios particulares. Irán para aquellos mayores encamados y en casos de urgencias. No van a ir a ver a fulanita porque le duela el estómago o porque se haya levantado con dolores. Serán los centros los que tengan que desplazar a sus residentes a los consultorios y les aseguro que en muchos casos es algo complicado, los consultorios no están cerca, la climatología, el acompañamiento del personal, etc., son factores a tener muy en cuenta a la hora de pensar en prescindir del médico o de la enfermera que en nuestro caso al menos, realiza una labor impagable en el tema de la prevención de escaras tanto con los mayores como en el de formación del personal de atención directa.
Si hablamos del fisioterapeuta díganme un centro que no necesite de un rehabilitador (fracturas de cadera, artrosis, entumecimiento, etc.) La Terapia Ocupacional es fundamental pero aquí sí que veo el riesgo de que algún que otro profesional de este campo pierda su puesto de trabajo. Los terapeutas no pueden ser monitores de tiempo libre. “La Federación Mundial de Terapeutas Ocupacionales (WFOT) define a la Terapia Ocupacional como una profesión que se ocupa de la promoción de la Salud y el Bienestar a través de la ocupación. El principal objetivo de la terapia ocupacional es capacitar a las personas para participar en las actividades de la vida diaria. Los terapeutas ocupacionales logran este resultado mediante la habilitación de los individuos para realizar aquellas tareas que optimizarán su capacidad para participar, o mediante la modificación del entorno para que éste refuerce la participación…” Tengo la gran suerte de contar con una Terapeuta Ocupacional totalmente profesional. En estos momentos el equipo técnico de mi centro es un equipo necesario y prescindir de cualquiera de los profesionales iría en detrimento de nuestros mayores. Tanto es así que estamos muy por encima de la ratio que nos exigen. Prometo seguir desmenuzando el decreto y exponer lo que considero como muy bueno y lo que no tanto. Hay mucho para hablar.