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sábado, 11 de septiembre de 2010

De la administración de insulina y heparina

Va terminando el verano y todos empezamos a organizarnos como si de un nuevo curso se tratara. Es curioso como marcamos tiempos en todo asemejándolos a las etapas escolares. Y comenzamos con la noticia esperada de la Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, de 12 de julio de 2010, por la que se confirma que los gerocultores sí pueden administrar insulina o heparina por la vía subcutánea a las personas mayores por ellos atendidas. Era de esperar que después de muchas controversias y demandas se fallara en este sentido. La insulina y la heparina son de administración propia y ninguna persona que lo precisa es atendida por ATS si no es para educar, enseñar y controlar su administración. Hace meses recibí un fax de un Sindicato advirtiendo que si una gerocultora administraba dichos medicamentos podría ser denunciada por intrusismo profesional, curiosamente no se decía que por hacerlo los residentes corrieran algún peligro, en realidad sólo se trataba de una cuestión de competencias.

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